El Estado es una término difícil de definir en cuanto a la concepción de
lo que realmente implica la conformación de un Estado. Los griegos y romanos se
centraban meramente a la organización política, sin embargo otros autores han
incluido diversos factores que son determinantes en la conformación de un
Estado.
Es muy importante la concepción de Estado de la Escuela Histórica
Alemana que es mayormente representada por Savigny quien hace ver que el Estado
y el Derecho evolucionan y se adecúan al pueblo donde serán aplicados, donde el
espíritu del pueblo será determinante.
Podemos llegar a la conclusión de que el Estado es un mecanismo de
control social, que se encargará de resolver los conflictos que se susciten
entre los integrantes del mismo y entre las clases sociales. La naturaleza de
su función debe ser inminentemente la de mantener un equilibrio entre la
sociedad que representa, ya que sin su existencia y un mecanismo para dirimir
conflictos, la vida de sus integrantes sería muy difícil.
Marx define al Estado en su teoría como un conjunto de órganos,
organismos y mecanismos que funcionan conjuntamente para que la clase dominante
tenga un control político sobre las clases inferiores.
El autor menciona algunos elementos del Estado, entre los que se
encuentran el territorio que es el espacio donde se asienta la población; la población es el elemento humano en donde
se llevan a cabo las relaciones entre los particulares y los grupos sociales;
el poder es el signo de existencia de una organización política y la soberanía
que es la capacidad de la organización política para definir sus acciones en
los diferentes órdenes de la vida
social.
En cuanto a Cuba; es un archipiélago que para la distribución del poder
maneja la existencia de unidades administrativo-territoriales que son
municipio, provincia y nación. Existen 169 municipios y 14 provincias.
En la constitución cubana se
establece que la soberanía se ejerce por el pueblo y define a Cuba como una
República unitaria y democrática socialista.
Para la organización del Estado cubano, existen diversos organismos con
funciones diferentes. Entre ellos encontramos al órgano representativo que se
materializa con la existencia de la Asamblea del Poder Popular y el Consejo del
Estado; estos organizarán al Estado mediante la representación con personas
directamente electas y tendrán a su subordinación otros órganos estatales.
El órgano
ejecutivo-administrativo supremo ejecuta acuerdos y mandatos de la Asamblea
Nacional del Poder Popular y del Consejo del Estado.
Los órganos administrativos locales son quienes se encargaran de la
dirección administrativa para dar cumplimiento a las decisiones políticas y de gobierno en la localidad que
representen.
Los órganos judiciales se encargarán de la impartición de justicia,
valiéndose de tribunales en los distintos ámbitos que existan en el Estado
cubano, dando lugar a la existencia de Tribunal Supremo Popular y Tribunales
Provinciales Populares.
Los órganos fiscales se encargarán de la legalidad en el ejercicio de
las acciones penales y serán dirigidos por la Fiscalía General de la República
y las fiscalías provinciales.
Finalmente los órganos de defensa actuarán en mar, aire y tierra siendo
las instituciones armadas quienes dirigirán al país en situaciones difíciles.
En cuanto al poder legislativo cubano ya mencionamos que es representado
por la Asamblea Nacional del Poder Popular que es un organismo unicameral que
representará con 1 diputado por cada 20 mil habitantes de municipio y en el
caso de que el municipio solo tenga 30 mil habitantes, se asignarán 2
representantes buscando tener la representación total de la población. Los
diputados son electos cada 5 años y sesionan 2 veces al año con las
extraordinarias que le sean necesarias y sus facultades son la creación de
leyes y modificaciones a la Constitución.
El Consejo del Estado consta de 34 miembros que son presidente, primer
vicepresidente y 5 vicepresidentes más, un secretario y 23 miembros más. Sus
integrantes son elegidos por Asamblea Nacional y son también integrantes de
ésta. Éste órgano se puede definir como el órgano ejecutivo de la Asamblea y y
como su representación permanente y también representará a Cuba en las
relaciones internacionales que ocurran.
El Consejo de Ministros es el máximo órgano ejecutivo-administrativo y
estará conformado por 1 presidente, un primer vicepresidente, otros
vicepresidentes, un secretario y a quienes fije la ley y éste es el órgano que
se encargará de la dirección del gobierno cubano, siendo el presidente el Jefe
de Estado y de Gobierno.
Entre los órganos menores de representación se encuentran la Asamblea
Provincial del Poder Popular y la Asamblea Municipal del Poder Popular que
ejercerán sus funciones en sus respectivas competencias.
En cuanto al sistema judicial cubano, se menciona que ha evolucionado
drásticamente a partir de las diferentes etapas históricas de Cuba, habiéndose
establecido lo que implicaba la sumisión a España durante la época colonial. Otro
suceso importante fue la invasión norteamericana que se dio en 1898 donde se
estableció el Tribunal Supremo de Cuba y
por mandato del gobierno norteamericano se creó la Comisión Consultiva que se
encargó de la redacción de importantes leyes, incluidas la Constitución cubana
y una Ley Orgánica del Poder Judicial en 1909.
Con esto se inició una estructuración del poder judicial en cuba,
partiendo del poder supremo del tribunal, habiendo audiencias en las provincias
y juzgados en los municipios, sin embargo todo esto fue ineficaz y se buscó crear
leyes más eficientes para transformar la colonia en su nación.
Un acontecimiento determinante fue la Revolución cubana que se suscitó
en 1959; el Poder Judicial se fue configurando a partir de las medidas
radicales posteriores a la Revolución. Hubo una gran desorganización ya que se
contrastaba la existencia de los tribunales establecidos en 1909 y los
tribunales revolucionarios para condenar a aquellas personas contra las que se
luchaba en la revolución, quienes habían causado grandes perjuicios a la nación
cubana. Al mismo tiempo existieron los
tribunales populares que se encargaban de asuntos particulares para delitos
menores e incluso se llegaron a tratar temas familiares; en estos tribunales la
justicia se impartía por personas que fueron rápidamente capacitadas por
personas de la Facultad de Derecho de la Habana.
Fue hasta el año de 1982 cuando se logró estabilizar la legalidad
cubana, incluso creando una nueva Constitución Socialista en 1976 y el 23 de junio de 1973 se dictó la Ley de
Organización del Sistema Judicial que derogó a la dictada en 1909.
Entre las novedades que se introdujeron fue que los jueces dejaron de
ser nombrados por el Consejo de Ministros y esa facultad se confirió a las
legislaturas en el ámbito que representaran, ya fuera municipal, provincial o
nación.
Los tribunales quedaron organizados en todos los niveles en cámaras
colegiadas de 3 o 5 miembros integradas por jueces profesionales y jueces legos
en Derecho que eran ciudadanos comunes elegidos también por las legislaturas
correspondientes. Los jueces duran 5 años renovables en el cargo y se
establecen en la ley correspondiente las causas de remoción y término del
mandato.
En Cuba también se habla de la Administración Pública que se encarga de
actos de una persona destinados a satisfacer las necesidades o intereses de la
colectividad.
Los ejemplos de órganos que realizan esta función en Cuba son el Consejo
de Ministros que es el máximo órgano ejecutivo y administrativo, facultado así
por la misma constitución. La función administrativa es más amplia que la
ejecutiva ya que se extiende hasta la creación de leyes, reglamentos en su
mayoría y la solución de conflictos de materia administrativa por sus propios
órganos judiciales.
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